7/4/07

INTERVENCIÓN. MISION GENERAL

Tras producirse el accidente de tráfico, se inicia un largo proceso que comienza con la llegada de la noticia del hecho a conocimiento de la Policía por distintas vías y que llevará a la investigación del accidente en aquellos casos en los que, por su gravedad o sus circunstancias, se considere necesario o venga exigido reglamentariamente y que culminará, según el caso, con una sentencia judicial en la que se delimitarán las posibles responsabilidades que hayan podido concurrir en el suceso. El desarrollo del proceso inicial en fase policial es el siguiente:

1. Recepción de la comunicación del accidente, por distinta vías: por llamada telefónica de algún implicado o testigo, por comparecencia de alguna persona en el centro policial para dar noticia del suceso o por requerimiento directo a algún agente de policía.

2. Comprobación del aviso y de los hechos comunicados, con objeto de poner en marcha los protocolos en actuación en los casos en los que sea necesaria la intervención e investigación del accidente.

3. Decisión de investigar el accidente cuando las circunstancias lo requieran

4. Desplazamiento del equipo de investigación al lugar del accidente, también en aquellos casos que lo requieran.

En esta primera fase los agentes de Policía que asuman la primera asistencia o el equipo investigador, si fuese necesaria su intervención, deberán planificar el trabajo que se va a desarrollar y como se va a afrontar, a fin de evitar tener que hacer el mismo trabajo dos veces por haber omitido alguna fase importante para la resolución del caso o por haber omitido algún dato esencial para llegar a conclusiones sobre las causas y el modo de producirse el accidente. Aún cuando sistemáticamente, fundamentalmente a efectos didácticos, podamos clasificar los accidentes de tráfico en atención a alguna característica o circunstancia específica, la realidad demuestra que no todos los accidentes son iguales, ni todos requerirán el mismo plan de actuación, a pesar de la existencia de características similares, pero esencialmente la actuación de la fuerza que asista al accidente deberá seguir el siguiente itinerario:

1. Personarse en el lugar del accidente lo mas rápidamente posible, adoptando la máxima precaución tanto en el desplazamiento como en la aproximación, con objeto de evitar otros accidentes o frustrar una primera asistencia eficaz.

2. Evitar que el accidente adquiera mayores proporciones o que ese primer accidente pueda ser causa de otros posibles accidentes, adoptando las medidas pertinentes para reducir en lo posible los efectos del accidente y señalizando convenientemente el área del accidente

3. Atender y auxiliar a los heridos.

4. Obtener y anotar datos sobre el accidente y sobre las personas involucradas.

5. Realizar una primera valoración y hacerse una idea inicial de lo ocurrido a fin de orientar la investigación posterior.

6. Realizar la inspección ocular del lugar del accidente

Evidentemente, por las razones apuntadas, el plan a seguir no podrá ser rígido, ni las actuaciones policiales deberán producirse necesariamente en ese orden, sino que las distintas diligencias que se practiquen se adoptarán y acomodarán en cada caso concreto dependiendo del tipo de accidente y de las circunstancias concretas que el agente responsable de la asistencia o investigación se encuentre.

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